Ley 7/2007, de 4 de abril, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y de Protección contra la Violencia de Género en la Región de Murcia.

 1-Presentación de la ley.

La ley se centra en avanzar hacía la igualdad entre hombres y mujeres en la región de Murcia, abordando la discriminación en diversos campos como son el empleo, la educación , deporte, sanidad y medios de comunicación.

La ley, aparte de la igualdad, lucha contra la violencia mediante la política de protección jurídica, la asistencia a la mujer y a los hijos, así como la concientización pública.

En la política, se establece como medidas la creación de dos instituciones de la comunidad:

1: El observatorio de igualdad para estudiar la efectividad de las políticas de igualdad en la Comunidad y proponer medidas para mejorarlas.

2: El consejo asesor regional de la mujer como órgano asesor.

Otra política es la implementación de la transversalidad en todas las políticas de la comunidad autónoma.

La ley tiene otra diversidad de políticas, como puede ser en el ámbito del empleo, como son los planes de igualdad, distintivos de las empresas, la prioridad de formación a colectivos como son las mujeres de violencia de género, así como subvenciones y programas para la contratación de mujeres para la presencia equilibrada en sectores donde son minoría.

La ley tiene otras medidas para la conciliación de la vida laboral familiar, como son las excedencias y permisos, abordando la responsabilidad de la mujer en el hogar para facilitar que no tengan que abandonar el trabajo.

2-Análisis de la política.

La ley impacta en los roles de género mediante:

1: El empleo a través de la igualdad salarial, la presencia equilibrada de las mujeres y hombres, la mayor participación en sectores como el tecnológico o científico, así como órganos de dirección. 

2: En el hogar vía la distribución de las responsabilidades y los roles en el cuidado del hogar así como de los familiares por intermedio de la corresponsabilidad(es decir, hombres y mujeres son iguales y tienen  la misma responsabilidad).

3: La ley se mete de lleno en el ámbito educativo por conducto de la formación en la eliminación de los estereotipos, así como el lenguaje inclusivo.

4: En la mayor participación de la mujer en la toma de decisiones y la presencia tanto pública como política, luchando contra la presencia dominante del hombre frente a la mujer en estos espacios.

Tiene efecto en el acceso igualitario a recursos económicos, materiales o de otro tipo para las mujeres:

1- Por el acceso equilibrado a los recursos educativos como la formación en los sectores técnicos o  científicos.

2- Por las subvenciones a las mujeres emprendedoras para la creación de empresas.

La política tiene como resultado en las decisiones y las relaciones de poder en:

1: La presencia equilibrada de los hombres y mujeres en los tribunales de selección.

2: Impulso de la participación de la mujer en órganos directivos y de liderazgo. 

3: Comenta el impacto y resultados que consideras que podría tener.

1: Mayor representación de las mujeres en roles de liderazgo así como una redistribución de los puestos de poder.

2: Un efecto en el ámbito educativo y en la sociedad mediante el lenguaje inclusivo, así como la presencia equilibrada tanto educativa como profesional.

3: Un mayor acceso de la mujer a altos cargos y puestos directivos.

4: La trasformación en el hogar y de los hijos mediante la corresponsabilidad.

5: Una mayor inserción laboral mediante las subvenciones y distintivos a las empresas, así como para la creación de empleo.

4: ¿Qué puntos fuertes y qué debilidades consideras que tiene esta política pública?

-PUNTOS FUERTES:

1:Enfoque integral y multidisciplinar en distintos ámbitos.

2: Transversalidad de la perspectiva de género: Todas las políticas públicas deben incorporar la igualdad de género en su planificación y ejecución.

3: Creación de organismos especializados :Observatorio de Igualdad, Consejo Asesor Regional de la Mujer.

4:Fomento de la corresponsabilidad y conciliación.

5:Mayor inserción laboral de la mujer.

6: Fomento de la igualdad en el ámbito educativo.

-PUNTOS DEBILES:

1: Corresponsabilidad doméstica débil: A pesar de promover la corresponsabilidad en las tareas del hogar, la ley no establece mecanismos concretos que aseguren la implementación de esta medida de manera efectiva.

2: Falta de mecanismos de supervisión: Aunque la ley establece organismos como el Observatorio de Igualdad, no define claramente cómo se garantizará la supervisión efectiva y continua de su implementación. 

3: Escasa atención a la formación: No se establece un enfoque específico en la formación de profesionales en el ámbito de la igualdad de género.

Comments

Popular posts from this blog

Presentación y mis expectativas en el curso de igualdad

Análisis de la tasa de ocupación entre los hombres y mujeres en España.